Ciudad de México, 28 septiembre de 2021.- La Oficina de la Policía Internacional (Interpol) giró una ficha roja contra Laura Bozzo, para que sea localizada en más de 190 países, por el caso en que le imputan la venta de un inmueble embargado por el SAT y con el que había garantizado un adeudo fiscal de más de 13 millones de pesos.
De acuerdo con fuentes del Gobierno federal, la notificación de búsqueda fue emitida con base en la orden de aprehensión que libró en su contra el juez de control Daniel Ramírez Peña, del Centro de Justicia Penal Federal de Almoloya de Juárez, por el delito de depositaría infiel, el pasado 14 de agosto.
Este mandamiento privativo de la libertad fue girado contra la conductora de “Laura en América” porque incumplió con la orden del juez Ramírez Peña de internarse voluntariamente en el Penal Estatal de Santiaguito, Estado de México, en un plazo de 48 horas, mismo que venció el 13 de agosto por la tarde.
La Fiscalía General de la República imputa a Bozzo el delito de depositaría infiel por vender la casa Cerrada de Antequera 47, Fraccionamiento La Herradura, en Huixquilucan, Edomex, que estaba embargada por el SAT y con la que ella supuestamente había garantizado el adeudo fiscal por más de 13 millones de pesos.
El 7 de agosto de 2018 Bozzo vendió el inmueble en 700 mil dólares a Guimisión S.A. de C.V., una empresa constituida apenas un mes antes y representada por Juan Ignacio Oseguera Iturbide, abogado que aparece en el directorio de la Notaría Número 99 de la Ciudad de México, la misma ante la que se dio fe de la compraventa.
El delito contra Bozzo no amerita la prisión preventiva oficiosa, pero el juez de control en su momento le dictó la prisión preventiva justificada ante el riesgo de fuga.
Como esa decisión la emitió en una audiencia que se llevó a cabo por videoconferencia, el juzgador le ordenó internarse en el penal, instrucción que no acató y que derivó en la orden de captura.
La presentadora televisiva por ahora no cuenta con ningún recurso legal que impida su captura dentro de territorio mexicano, pues si bien tramitó una demanda de garantías para suspender la aprehensión, Juan Miguel Ortiz Marmolejo, Juez Noveno de Distrito en Amparo de Toluca, dijo que no era competente para tramitarla.
El argumento del juez fue que, debido a que la imputada manifestó que vivía en Acapulco por cuestiones de salud -ya que padece enfisema pulmonar-, el responsable de tramitar el amparo debe ser un juzgador federal del puerto guerrerense, razón por la que remitió el recurso a esa entidad.
El problema es que el juez de Acapulco tampoco aceptó tramitar el amparo y lo devolvió a Ortiz Marmolejo, ya que estimó que el hecho de que Bozzo dijera que radica en esa localidad no es legalmente suficiente para tramitar su demanda, pues ni los hechos, domicilio fiscal o proceso tuvieron lugar en Guerrero.
Por lo anterior, el caso fue turnado a un tribunal colegiado para que defina el conflicto competencial, es decir, para que resuelva cuál de los dos jueces debe darle entrada al amparo.
Con información de Reforma.