Querétaro, Qro., 26 de marzo de 2024.- A unos cuantos días de anunciar en el año 2022 su presentación en el Auditorio Nacional de la CDMX, Edgar Oceransky fue sorprendido con una severa acusación de Acoso Sexual, que mediáticamente desató una serie de eventos desafortunados afectándolo personal y profesionalmente, como la cancelación de tan esperado show, así como el desprestigio y desagradables señalamientos hacia su persona que se dispararon en redes y que en su momento, a pesar de dar frente con entrevistas que el cantautor ofreció encarando los hechos y enfatizando su inocencia, atenuaron muy poco esta situación pues había que esperar a que las instancias legales procedieran en tiempo y forma… Nadie es inocente hasta que se demuestre lo contrario. Y la resolución llegó dos años después, con fecha del 13 de marzo del 2024, emitida por el Tribunal Superior de Justicia de la CDMX a favor del artista Edgar Oceransky.
A continuación, los puntos más relevantes del proceso legal de este dictamen:
El Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México dicta sentencia definitiva en contra de la demandada “Patricia Anhelé Sánchez Delgado” como responsable de forma directa e inmediata de DAÑO MORAL contra Edgar Oceransky Hernández Ruíz, por la sistemática, predeterminada e injustificada campaña de desprestigio en su contra, aprovechándose la demandada de sus diversos cargos en el gobierno para influir en medios de comunicación, obligándose a la misma, por orden judicial a hacer una publicación en sus redes sociales y medios de comunicación, retractándose de las acusaciones hechas y a pagar una indemnización económica como resarcimiento del daño patrimonial en perjuicio del demandante (no diremos el monto por seguridad).
Lo anterior se determina por los siguientes motivos:
1.- La demandada acusa en redes sociales de abusador de menores al afectado, pero no existe ninguna demanda judicial en contra del imputado por parte de la demandada ni alguna otra persona.
2.- La demandada actuó con MALICIA EFECTIVA en contra del demandante puesto que, en sus acusaciones, solo pretende afectar moral y económicamente al demandante con campañas de desprestigio en medios de comunicación y redes sociales como X con el Hash Tag #NounpederastaenelAuditorioNacional con lo cual, no solicita justicia a su favor sino un perjuicio en contra del demandante.
3.- Se afectó la presunción de inocencia a la que todo individuo tiene derecho hasta demostrarse lo contrario, condenándolo sin juicio alguno en redes sociales y medios de comunicación.
4.- La demandada incurrió en contradicciones diciendo que el demandante es un pederasta, pero luego acepta que no tuvo relaciones con él siendo menor de edad, solo cuando era mayor y de manera consensuada.
5.- El único recurso que quiso usarse como “prueba” en contra del demandante fue un sketch usado en repetidas ocasiones, siempre en un escenario, consistiendo éste, en una obra de ficción y no constituyendo una confesión de algún tipo pues, no responde a una demanda ni a un interrogatorio judicial.
6.- Se demostró que la demandada ha usado el mismo MODUS OPERANDI para hostigar y violentar en redes sociales a más de 8 personas, acusándolos de haberla violado sin haber demandado a ninguno ante alguna instancia judicial, solo con intención de afectar a su honor público.
Edgar Oceransky externa a través de este comunicado su sincero agradecimiento a las instancias legales y a todos los medios de comunicación por el espacio otorgado para compartir esta noticia, externando su postura de continuar trabajando en pro de su carrera artística, como lo es el show que ofrecerá el próximo 20 de abril en El Cantoral de la CDMX al lado de Francisco Céspedes como parte de su gira Románticos y Locos.
Céspedes & Oceransky:
• Abril 20, CDMX, El Cantoral
• Mayo 09, Querétaro, Plaza de Toros Salitre
• Mayo 11, Guadalajara, Palco
• Junio 28, Monterrey, GNP
Redacción/Sociales 3.0